-Se autoriza a los afiliados del sistema privado de pensiones, de forma voluntaria y por única vez, a retirar hasta el 10% de los ahorros previsionales acumulados en su cuenta de AFP.

-El monto mínimo a retirar será de 35 UF (1 millón de pesos) y el monto máximo será equivalente a 150 UF (4,3 millones de pesos aproximadamente).

-En el caso de que el 10% corresponda a un monto menor a las 35 UF, los afiliados podrán retirar hasta dicho monto y, en el caso de que el monto total acumulado sea menor a las 35 UF, se podrá retirar la totalidad de los fondos.

-Podrán efectuar el retiro los afiliados del sistema privado de pensiones, incluidas aquellas personas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia.

-Se permitirá retirar los ahorros en dos cuotas: la primera entrega será del 50% en un plazo máximo de 10 días hábiles, luego de presentada la solicitud ante la AFP correspondiente. En tanto, la segunda entrega será del 50% restante en un plazo máximo de 30 días hábiles a contar del desembolso anterior.